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Varias asociaciones de consumidores alertan del incumplimiento de la Ley que protege el derecho del consumidor a recibir sus facturas en papel

Por Redacción , 19 junio, 2016

La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición se ha pronunciado recientemente sobre la correcta interpretación del derecho a recibir facturas en papel consagrado en la Ley 3/2014 (reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios).

AECOSAN concluye que se considera ilícita y abusiva la práctica de emitir y entregar facturas en formato electrónico por defecto o mediante cláusulas predispuestas en los contratos de adhesión que presuponen la aceptación de la factura electrónica.

El informe de la autoridad de Consumo afecta a todos los contratos de servicios y suministros de tracto sucesivo (por ejemplo: agua, gas, electricidad y telecomunicaciones) con independencia de que la contratación se realice de forma presencial, a distancia, o incluso de forma electrónica.

Solo se considerará lícita la práctica que recoja la aceptación expresa de la facturación electrónica siempre que sea independiente del contrato de servicios y que dicha aceptación vaya precedida de información suficiente del empresario al consumidor sobre la posibilidad de revocación. Además, tanto la revocación del consentimiento como la recepción en papel de las facturas deben ser siempre gratuitas.

 

La ley no se cumple

Tras conocer el dictamen, varias asociaciones de consumidores agrupadas en la Iniciativa Yo Decido Cómo Recibo han alertado sobre el incumplimiento de la reforma de Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Los portavoces de la Iniciativa se muestran convencidos de que el informe de AECOSAN es de interés para muchas empresas que podrían tener que modificar sus prácticas de contratación con consumidores y usuarios, sea ésta presencial, a distancia o incluso electrónica.

En palabras de Gustavo Samayoa, uno de los portavoces de la Iniciativa: “Ha de suprimirse toda referencia al método de facturación electrónica por defecto, por lo que no serán válidas las cláusulas predispuestas ni las casillas premarcadas a favor de este formato en los contratos. Además, es importante recordar que no se puede cobrar por el envío de facturas en papel”.

El Panel de Hogares de la CNMC sobre facturación publicado en mayo confirmaba que el 43% de los consumidores que reciben factura electrónica no la han solicitado previamente, algo que, según los portavoces de Yo Decido Cómo Recibo, muestra a las claras cómo la Ley se ha estado incumpliendo de forma sistemática por parte de algunas empresas.

El problema reviste especial gravedad para los denominados colectivos en riesgo de exclusión digital. Según recientes datos de Eurostat, casi 4 millones de hogares españoles aún no disponen de conexión a internet, un 18% de la población nunca se ha conectado a la red y uno de cada cuatro españoles no lo hace de forma habitual.

Yo Decido Cómo Recibo pone a disposición del público el teléfono de consulta 91 724 03 76 para que los ciudadanos planteen sus dudas, consultas o denuncias de situaciones abusivas por parte de sus proveedores de servicios en materia de facturación.

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